martes, 25 de octubre de 2016
domingo, 23 de octubre de 2016
Semana 5
Semana 5 (entrega 28 de octubre)
Bloque 3
2.1 Imperio y problemas de Carlos I y Felipe II
2.2 Expansión colonial en América y el Pacífico.
2.3 Analiza la política respecto a América en el siglo XVI y
sus consecuencias para España, Europa y la población americana.
3.1 Describe la práctica del valimiento y sus efectos en la
crisis de la monarquía.
domingo, 16 de octubre de 2016
Semana 4(entrega 21 de octubre)
Bloque 2
2.4 Organización política reinos comparativa ( redactar)
3.1 Economía (resumen)
Bloque 3
1.1 Unión dinástica y organización política
1.2 Causas y consecuencias hechos 1492
1.3 Relaciones con Portugal.
2.4 Organización política reinos comparativa ( redactar)
3.1 Economía (resumen)
Bloque 3
1.1 Unión dinástica y organización política
1.2 Causas y consecuencias hechos 1492
1.3 Relaciones con Portugal.
jueves, 13 de octubre de 2016
domingo, 9 de octubre de 2016
jueves, 6 de octubre de 2016
miércoles, 5 de octubre de 2016
Texto 2.2 Cortes
2.2 Explica el origen de las Cortes en los reinos
cristianos y sus principales funciones
Se denominan Cortes a la asamblea
o reunión general de los tres estamentos medievales, en la que el rey convocaba
a todos los señores laicos y eclesiásticos, y a los representantes de las
ciudades y villas. Su origen está en la ampliación (con carácter
extraordinario) de la curia regia a estos representantes urbanos.
Las primeras en nacer son las del
reino de León en el S XII, las de Castilla, Aragón y Cataluña aparecen en el S. XIII y
las de Navarra en el S. XIV. Su finalidad primera era votar los impuestos
extraordinarios solicitados por el monarca.También se juraba al
heredero. En Castilla sólo tuvieron un carácter consultivo, es decir,
carecían de poder legislativo y vinculante. No tienen periodicidad fija, su convocatoria
depende de la voluntad del monarca que es quien las convoca. Como lo que en
ellas se debate interesa especialmente a las ciudades y villas, los otros
estamentos apenas acuden. En Navarra y los reinos de la Corona de Aragón, sin
embargo, las Cortes tuvieron verdadero poder legislativo.
Fuente: http://algargoshistoriaspain.blogspot.com.es/
2.5
2.5. Los reinos cristianos en la Edad Media: organización política, régimen señorial y sociedad estamental.
ORGANIZACIÓN POLÍTICA
La organización política de los dos principales reinos cristianos de la España medieval buscó en el Derecho Romano los argumentos legales para el reforzamiento del poder de la corona y la unificación jurídica de los diversos territorios que controla, con resultados desiguales.
En Castilla, la monarquía era autoritaria (poder de origen divino). Con las Partidas y el Ordenamiento de Alcalá se logró unificar y centralizar la administración del reino (Hacienda, Justicia, Defensa), fortaleciendo el poder del monarca.
Aragón no era un estado unificado, sino una confederación de reinos (Aragón, Cataluña y Valencia), lo que explica la existencia de un virrey en cada uno.
La unificación legislativa se hizo, pero dentro de cada reino (Fueros-Usatges-furs). La monarquía era pactista, debía llegar a acuerdos con la nobleza, por lo que el rey tenía menos poder.
ORGANIZACIÓN POLÍTICA
La organización política de los dos principales reinos cristianos de la España medieval buscó en el Derecho Romano los argumentos legales para el reforzamiento del poder de la corona y la unificación jurídica de los diversos territorios que controla, con resultados desiguales.
En Castilla, la monarquía era autoritaria (poder de origen divino). Con las Partidas y el Ordenamiento de Alcalá se logró unificar y centralizar la administración del reino (Hacienda, Justicia, Defensa), fortaleciendo el poder del monarca.
Aragón no era un estado unificado, sino una confederación de reinos (Aragón, Cataluña y Valencia), lo que explica la existencia de un virrey en cada uno.
La unificación legislativa se hizo, pero dentro de cada reino (Fueros-Usatges-furs). La monarquía era pactista, debía llegar a acuerdos con la nobleza, por lo que el rey tenía menos poder.
RÉGIMEN SEÑORIAL
El régimen señorial es una
organización económica , social y jurídica que se define por las relaciones de
dependencia existentes entre los individuos y el señor de los territorios en
los que habitaban y desarrollaban sus actividades.
Conforme se fueron ganando territorios a lo largo del
proceso de reconquista, los reyes se vieron obligados a otorgar a la nobleza y
a la iglesia una serie de concesiones tales como tierras, vasallos y ciertas
funciones regias con el objetivo de defender y asegurar las tierras
conquistadas, al tiempo que se procedía a su repoblación.
Fue en estas tierras donde se
impuso el régimen señorial, según el cual , aquellas personas que
habitaban en las tierras de un señorío estaban obligados a una relación de
dependencia hacia su señor ,al debían una serie de prestaciones en dinero, especie o,
incluso, trabajo personal.
Podemos diferenciar dos tipos:
a. Hasta el siglo XII: señoríos
territoriales
Son tierras que carecían de dueño
previo, por lo que el nuevo señor adquiría su propiedad y la jurisdicción(administrar
justicia) de sus habitantes.
b. A partir del siglo
XII:señoríos jurisdiccionales
Los reyes otorgan a los señores
propietarios el privilegio de la inmunidad( no intervienen los agentes del
rey), además del derecho o jurisdicción sobre sus pobladores.
LA ORGANIZACIÓN SOCIAL
La sociedad estamental:
División social rígida: todos
estaban encuadrados en un orden o estado o estamento con sus propias normas. La
nobleza y el clero eran estamentos privilegiados El pueblo carecía de
privilegios. No había movilidad social. Solo el clero bajo se nutría del pueblo.
- El clero: suministraba
la ideología a la sociedad y velaba por la salvación de las almas.
El alto clero lo formaban
obispos, abades, con rentas y privilegios iguales a la nobleza. El bajo
clero eran los curas rurales, más cerca del pueblo.
- La nobleza: eran los
defensores de la sociedad. El servicio de armas sólo pertenecía a ellos. : El
título de noble era otorgado por el rey a cambio de un servicio prestado.
Alta nobleza: condes,
duques, marqueses, tenían señoríos.
Nobleza media: caballeros.
A veces con señoríos.
Baja nobleza : hidalgos en
Castilla, infanzones en Aragón. Tenían bajo nivel de
riqueza.
Clero y nobleza tenían privilegios
económicos y jurídicos: no pagaban impuestos o tenían tribunales propios. Los
nobles con señoríos tenían además otros privilegios como: Derechos
territoriales (cobrode rentas a campesinos y pastores), derechos personales
(ser hospedado en casa de sus vasallos);
Monopolios (impuestos a los
campesinos sobre molino, pontazgo, portazgo...); y jurisdiccionales (administrar
justicia y nombrar cargos municipales).
- Pueblo o estado llano:
campesinos, artesanos, burgueses. Era el más numeroso y con mucha diferencia. Debían trabajar para mantenimiento de todos
Calendario entrega estándares evaluables
Semana 2 (entrega 7 octubre)
Bloque 1
1.5 y 1.6 Roma
1.7 Visigodos
Bloque 2
1.1 y 1.3 Al-Andalus
Semana 3 ( entrega 14 octubre)
Bloque 2
1.4 Cambios Al-Andalus.
2.1 Etapas reinos cristianos.
2.4 Repoblación.
4.1 Sociedad estamental(esquema)
2.2 Cortes (esquema )
Bloque 1
1.5 y 1.6 Roma
1.7 Visigodos
Bloque 2
1.1 y 1.3 Al-Andalus
Semana 3 ( entrega 14 octubre)
Bloque 2
1.4 Cambios Al-Andalus.
2.1 Etapas reinos cristianos.
2.4 Repoblación.
4.1 Sociedad estamental(esquema)
2.2 Cortes (esquema )
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